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Saber MásEl Estado Uruguayo reconoce que las partidas de alimentación y transporte son un instrumento de política social, que beneficia los Trabajadores, las Empresas y la Sociedad en su conjunto. (Ley 16.713 art. 167)
A fin de favorecer su otorgamiento, las partidas para alimentación y transporte cuentan con exoneraciones de aportes. Para evitar que se produzcan desvíos y abusos, las Empresas contribuyentes son responsables del cumplimiento de estos requisitos legales y reglamentarios:
Con la Reforma Tributaria y la de la Salud vigentes, los Trabajadores siguen beneficiándose, aumentando su poder adquisitivo con partidas en especie más que con partidas en efectivo.
IRPF: La Reforma Tributaria mantuvo todas las exoneraciones de aportes personales. Y aunque decidió gravar los tickets como si fueran salario en efectivo, con la definición del nuevo monto no imponible, una abrumadora mayoría de los trabajadores uruguayos no pagará.
Incluso para quienes superen el monto no imponible - y hasta aquellos que estén levemente por encima del tope AFAP -, el aumento del poder adquisitivo de una partida nominal en especie frente a la misma partida nominal en efectivo continúa siendo importante, como muestra nuestro simulador
FONASA : Como se mantuvo la exoneración sobre los aportes personales para el Fondo Nacional de Salud, y estos crecieron entre 1,5% y 3% en la gran mayoría de los casos, la ventaja de los tickets frente al efectivo se incrementó aún más
El cuadro siguiente resume el % de exoneración que beneficia al Trabajador:
CONCEPTO | % |
Aporte Personal | 15,00% |
FONASA | 6,00% |
FRL Patronal | 0,15% |